Paises:

El Poder Ejecutivo promulgó recientemente la Ley Nº 6.380 de “Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”. La Ley entrará en vigor a partir del año 2020. 

La nueva Ley tiene como objetivo que el cumplimiento de las obligaciones sea más sencillo para las pequeñas y medianas empresas.

Principalmente, las disposiciones nuevas son las siguientes:

Se crea:

  1. El Impuesto a la Renta Empresarial o IRE, que incluye el IRACIS e IRAGRO;
  2. El Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades o IDU;
  3. El Impuesto a la Renta de No Residentes o INR;
  4. El Régimen Simplificado para Medianas Empresas (SIMPLE) y el Régimen Simplificado para Pequeñas Empresas (RESIMPLE).

En cuanto al Impuesto a la Renta Personal (IRP) se limita las deducciones previstas actualmente, y con el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) se establece tasas máximas a las bebidas alcohólicas, bebidas azucaradas, cigarrillo entre otras.

Impuesto a la Renta Empresarial (IRE)

  • La tasa general del IRE es del 10% y se aplica sobre la renta neta del ejercicio.

 Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU)

  • Las tasas de este impuesto son: 8% aplicable sobre los dividendos obtenidos por las personas físicas y jurídicas residentes en el país; y 15% aplicable sobre los dividendos obtenidos por las personas físicas y jurídicas residentes en el exterior.
  • La carga impositiva aplicable a la distribución y remesa de dividendos a personas domiciliadas fuera de Paraguay se reduce de una tasa efectiva del 27,32% al 23,50%.
  • La tasa efectiva aplicable a los socios o accionistas domiciliados en Paraguay es del 17,20%.

Para el primer ejercicio de vigencia de la Ley, se establecen las tasas reducidas del 5% del IDU para distribuir utilidades, si los socios o accionistas se encuentran en el país, y del 10% del IDU, cuando se encuentren en el exterior.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Se incluyen definiciones como servicios digitales, operaciones con instrumentos financieros derivados y, obligaciones de no hacer.

  • Para el pago de servicios digitales, las entidades financieras intermediarias actuarán como agentes de percepción del IVA.

El principio de territorialidad es más amplio.

  • Los exportadores de productos agrícolas en estado natural, incluidos los derivados del primer proceso de elaboración o industrialización, no podrán obtener la devolución del crédito fiscal IVA. Los demás exportadores continúan gozando del beneficio a obtener la devolución del crédito fiscal IVA.
  •  Pueden solicitar la devolución del crédito fiscal del IVA quienes realicen fletes de exportación y emitan los documentos de transporte internacional.
  • Los contribuyentes inscriptos en el régimen de Resimple no serán contribuyentes del IVA.

Impuesto a la Renta Personal (IRP)

Se dividen los tipos de rentas en:  Rentas de capital excluidas las gravadas por el IDU; y rentas que provienen de la prestación de servicios personales.

  • Se calculará el monto adeudado separando cada tipo de renta, que podrá deducirse solo respecto a gastos y costos relacionados con la generación de ese tipo de renta.
  • Las tasas quedan modificadas y son de:  8% sobre rentas y ganancias de capital; y 8%, 9% y 10% para las rentas de la prestación de servicios personales según la porción de renta neta comprendida en cada tramo o escala, siendo mayor la tasa cuanto mayor sea la renta neta gravada.
  • Se elimina a la sociedad conyugal como contribuyente del IRP. Cada cónyuge tributa por la totalidad de sus ingresos.

Los gastos en el exterior serán deducibles sólo cuando estén relacionados a la salud y educación.

  •  Considera igualmente rentas de fuente paraguaya las obtenidas por contribuyentes del IRP cuando presten servicios personales fuera del país si quien recibe esos servicios es a su vez contribuyente del IRE o del IRP.
  •  Utiliza como documento respaldatorio de gastos y costos, los comprobantes de recibo generados por el uso de tarjetas de débito y crédito.

Impuesto a la Renta de no Residentes (INR)

Este impuesto grava las rentas obtenidas por no residentes que realizan actividades en Paraguay.

  • La tasa del 15% se aplica sobre porcentajes de renta neta presunta que varían del 30% al 100% de la renta bruta.

Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

Se puede observar un leve incremento de las tasas máximas para productos derivados del tabaco.

  • Se gravan bienes no alcanzados anteriormente como aeronaves; embarcaciones con valores mayores de USD 30.000, pero están gravados a la tasa del 0%; productos envasados de la industria alimentaria cuyas calorías superen 500 por cada 100 gr, al 2%.
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