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La vida a medida que avanza, nos presenta todo tipo de desafíos y oportunidades. Es una característica, y hasta se podría decir una virtud de la juventud actual, la constante búsqueda del crecimiento, la superación personal y laboral, más aún en esta sociedad globalizada en la que vivimos.

Pero ocurre que, muchas personas con grandes ideas y proyectos interesantes, se encuentran con la dificultad de llevarlos a cabo, ya sea por simple falta de organización, o por el desconocimiento de la existencia de las herramientas legales para poder lograr las metas propuestas.

Con este pequeño artículo, queremos presentar algunas herramientas que pueden ser de mucha utilidad a la hora de iniciar un proyecto, como son los distintos tipos de empresas existentes, y exponer brevemente acerca de sus ventajas y características.

¿Qué son?

Definir empresa…. En cuanto a las sociedades comerciales, éstas son, según nuestra propia ley, un contrato de dos o más personas, creando un sujeto de independiente, se obligan a realizar aportes para producir bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas”. Asimismo, son la cobertura jurídica de la empresa, o la forma jurídica de la que ésta se reviste”. [1]

Partiendo de estas premisas, estos son los principales y más recomendados tipos de empresas más comunes para lograr una adecuada materialización de los proyectos.

Empresa por Acciones Simplificadas o EAS

Empresa ideal para emprendedores, proyectos empresariales y cualquier persona que desarrolle un negocio o actividad comercial.

Características:

  • Responsabilidad limitada del socio. Su patrimonio se encuentra separado del de la EAS. La empresa responde a las obligaciones contraídas con su patrimonio, sin que el patrimonio del socio corra peligro.
  • No se exige un capital mínimo ni un capital máximo para su constitución. El capital de la EAS, está representado en acciones que pueden ser negociadas de manera privada.
  • No necesidad de trámites notariales.
  • Los socios son los encargados, mediante una reunión, de decidir todas las cuestiones, no es necesario que exista un directorio formal
  • Trámite online: Las EAS se constituyen de forma totalmente online
  • Ante los terceros, la empresa actúa como un ente autónomo e independiente.
  • Es posible que posteriormente sea transformada a una S.A. o S.R.L., sin necesidad de disolverse ni liquidarse, en caso de que sea deseado.
  • Tiene las mismas obligaciones legales y fiscales que una Sociedad Anónima o Sociedad de Responsabilidad Limitada.

SOCIEDAD ANÓNIMA O S.A.

Está diseñada para proyectos más grandes, que requieran una estructura organizativa y jerárquica mayor, ya que cuenta con tres distintos órganos, el de (i) administración y gestión; (ii) los socios o accionistas, y; (iii) el de control o fiscalización, cada uno con funciones, derechos y obligaciones distintas, que deben actuar en conjunto, respetando las atribuciones específicas de los demás.

Este tipo de sociedad, también limita la responsabilidad de los socios al aporte efectuado. Un dato importante es que se debe contar con al menos dos socios para constituirla y deben también realizar asambleas anuales.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA O S.R.L.

Está destinada para proyectos que requieran una menor estructura, ya que no es necesario contar con un órgano de control o fiscalización, los socios ya son considerados los gerentes o administradores de la empresa.

Una nota importante es que no pueden tener como objeto social la realización de operaciones bancarias, de capitalización y ahorro, entre otras. Limita también la responsabilidad de los socios al aporte efectuado. Se debe contar igualmente con al menos dos socios.

Una característica particular, es que, si la sociedad tiene hasta cinco socios, para ceder las participaciones, se requiere aprobación unánime de todos los socios.

Por último, el capital integrado, durante el trámite de constitución, debe depositarse en el Banco Nacional de Fomento.

Para concluir, atendiendo lo expuesto precedentemente, creemos que la correcta utilización de estas herramientas pueden resultar muy beneficiosas para lograr el impulso de cualquier emprendimiento, y así también proporcionaran el orden adecuado para la conquista de los objetivos planteados.

[1] Villegas, Carlos Gilberto. Derecho de las Sociedades Comerciales. Abeledo-Perrot, 8ª ed, Buenos Aires, 1996. Pag. 11.

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